Curanipe, 17 de abril de 2009
Señor
Alberto Verdugo Torres
Alcalde (s) de la I. Municipalidad de Pelluhue
Señor
Eduardo Poblete
Director de Obras
Estimados Señores:
Pongo en vuestro conocimiento la situación que me afecta y que tiene relación con una fijación arbitraria y unilateral de límites en la nueva cerca medianera instalada a inicios del 2009 por mi vecino don Patricio Pérez Krumencker y la que separa su propiedad de la mía ubicada en calle Manuel Montt 256 de Curanipe, por mi lado norte.
Dicho límite fue definido por última vez en su momento, en el año 1983, con el anterior dueño de la propiedad don Francisco Pérez Lavín, padre de Pérez Krumenacker; siendo así que la antigua cerca medianera de alambre acerado bizcocho forrado en plástico verde y postación de roble en medidas de 20 x 25 cms. aproximadamente permaneció por alrededor de 26 años hasta inicios del presente, aclaro aquí que fue en su momento instalada y financiada por mí a través de la antigua dueña doña María González.
Como menciono, a inicios de 2009, un trabajador encargado realizó por orden de don Patricio Pérez Krumenacker la remoción de la anterior postación y reja, reemplazándola por una nueva de postes impregnados y otra reja de alambre acerado bizcocho forrado en plástico verde, definiendo límites sin llegar a un consenso previo mediante obvia consulta conmigo como sería la práctica habitual.
Es así que sin acuerdo y de su costo retiró la malla antigua en casi perfecto estado de conservación (no así los postes que la sostenían) y la guardó sin consulta en su patio, instalando una nueva de iguales características, pero corriendo la línea de postación sobre mi propiedad, en el caso de su extremo oeste y a la calle Montt entre 10 a 20 cms. al interior de mi línea y en su lado este y final en alrededor de 90 cms. al interior de la línea anterior (valga la redundancia para explicitar de buena manera los hechos).
Señor
Alberto Verdugo Torres
Alcalde (s) de la I. Municipalidad de Pelluhue
Señor
Eduardo Poblete
Director de Obras
Estimados Señores:
Pongo en vuestro conocimiento la situación que me afecta y que tiene relación con una fijación arbitraria y unilateral de límites en la nueva cerca medianera instalada a inicios del 2009 por mi vecino don Patricio Pérez Krumencker y la que separa su propiedad de la mía ubicada en calle Manuel Montt 256 de Curanipe, por mi lado norte.
Dicho límite fue definido por última vez en su momento, en el año 1983, con el anterior dueño de la propiedad don Francisco Pérez Lavín, padre de Pérez Krumenacker; siendo así que la antigua cerca medianera de alambre acerado bizcocho forrado en plástico verde y postación de roble en medidas de 20 x 25 cms. aproximadamente permaneció por alrededor de 26 años hasta inicios del presente, aclaro aquí que fue en su momento instalada y financiada por mí a través de la antigua dueña doña María González.
Como menciono, a inicios de 2009, un trabajador encargado realizó por orden de don Patricio Pérez Krumenacker la remoción de la anterior postación y reja, reemplazándola por una nueva de postes impregnados y otra reja de alambre acerado bizcocho forrado en plástico verde, definiendo límites sin llegar a un consenso previo mediante obvia consulta conmigo como sería la práctica habitual.
Es así que sin acuerdo y de su costo retiró la malla antigua en casi perfecto estado de conservación (no así los postes que la sostenían) y la guardó sin consulta en su patio, instalando una nueva de iguales características, pero corriendo la línea de postación sobre mi propiedad, en el caso de su extremo oeste y a la calle Montt entre 10 a 20 cms. al interior de mi línea y en su lado este y final en alrededor de 90 cms. al interior de la línea anterior (valga la redundancia para explicitar de buena manera los hechos).

Agrava el asunto que la postación y límites han sido realizados en su anclaje en mezcla de cemento, haciéndolo en la práctica definitivo; en su momento he reclamado al trabajador negándose éste a cambiar las órdenes de su patrón o esperar lleguemos a un acuerdo con él, encontrándose en ese momento en viaje.
Fuera del pueblo a su vez y una de regreso yo también en Curanipe, me he encontrado con la situación que menciono plenamente establecida, pareciéndome necesario hoy informar a quienes corresponde, no con ánimo litigante, sino de definir el asunto previniendo contingencias futuras.
Me pregunto: ¿Qué es lo que habría sucedido si yo hubiese realizado acciones similares, pero a la inversa?, ¿qué es lo que habrían hecho ustedes en un caso personal como el que describo?
Es situación común en nuestros lugares que, los terrenos tengan formas irregulares, las que inhiben una fácil medición, siendo la costumbre el respeto de los límites fijados antaño por los padres fundadores de nuestro pueblo y también costumbre que el que financia la nueva reja la instale de su lado, pues es suya, siendo lo que hice hacer en su momento en el año 1983. El caso que menciono sin dudas es una violación de esta sana antigua manera y tradición, pues si Pérez Krumenacker ha decido financiarla de su bolsillo entonces ha debido instalarla desde la línea medianera hacia su propiedad.
Creo prudente entonces dejar establecido los hechos, para que así una decisión arbitraria y de facto, quede en esto, una acción sin valor ni legitimidad alguna.
Aclaro que no me pronuncio sobre la exactitud de la medida tradicional de los sitios de la cuadra, ni por supuesto del sitio mío ni del de Pérez Krumenacker, sino que dejo el beneficio de la duda; sin embargo determinar límites precisos requeriría de un trabajo profesional adecuado, el que debería situar los referentes primarios en los ejes de Calle Nueva por el sur y Camino a Cerros Pelados por el norte, lo que sin duda pondría en cuestionamiento todos los límites actuales de la vecindad, los que han sido fijados por la costumbre.
Adjunto plano relacionado y ofrezco a ustedes visitar y ver parte de antigua postación que todavía existe y la que confirma mis dichos.
Los saluda atentamente
Juan Contreras Bustos (1)
(1): Firma por Francisco Contreras Retamales, dueño de la propiedad.